miércoles, 7 de agosto de 2019

LOS 10 PUNTOS QUE DEBES SABER SOBRE EL MANIFIESTO AMBIENTAL (MA)


El Manifiesto Ambiental es un documento técnico-legal y obligatorio que es elaborado por consultores o empresas ambientales con RENCA para empresas, industrias, instituciones u otros que están en etapa de ejecución, operación, mantenimiento o abandono y requieran su Licencia Ambiental. 
A continuación, presentamos los diez puntos más importantes que se debe saber sobre el Manifiesto Ambiental.

1. ¿QUÉ ES EL MANIFIESTO AMBIENTAL (MA)?


El Manifiesto Ambiental (MA) es un instrumento mediante el cual el Representante Legal de un proyecto, obra o actividad (AOP) en proceso de implementación, operación, o etapa de abandono, informa a la Autoridad Ambiental Competente del estado ambiental en que se encuentra su AOP. Este documento, es un instrumento técnico-legal que tiene categoría de declaración jurada, refleja la situación ambiental actual de la AOP y cuando corresponda planteará un Plan de Adecuación Ambiental de la actividad, obra y proyecto, así como el Plan de Aplicación y Seguimiento Ambiental (PAA-PASA).

2. ¿PARA QUÉ SIRVE EL MANIFIESTO AMBIENTAL ?


El Manifiesto Ambiental sirve para identificar deficiencias ambientales dentro de una actividad obra o proyecto y propone medidas para reducir, mitigar y compensar dichas deficiencias.
Con la presentación del MA se inician los procedimientos de control de la calidad ambiental, que garantizan que la actividad, obra o proyecto se ejecute en un marco del respeto y protección del medio ambiente.
Además de proteger el Medio Ambiente, el Manifiesto Ambiental prevee la protección de la calidad de vida del ser humano, puesto que la operación de una AOP, puede tener un impacto negativo en la salud de los ciudadanos.
Una vez evaluado el MA y fijadas las condiciones ambientales que deben cumplirse según el Plan de Adecuación Ambiental y el Plan de Aplicación y Seguimiento Ambiental, la autoridad ambiental competente otorga a la AOP la Declaratoria de Adecuación Ambiental (DAA), que es la denominación que se da a su tipo de LICENCIA AMBIENTAL.

3. ANTES DE REALIZAR EL TRAMITE


El Representante Legal de la AOP, realizará el llenado del Manifiesto Ambiental (MA) con el apoyo de un equipo multidisciplinario con registro RENCA, declarando la información necesaria que tendrán calidad de Declaración Jurada, cumpliendo los requisitos establecidos en el Anexo “D” del D.S. 3549.
Los Consultores Ambientales o Empresas Consultoras Ambientales deben estar inscritos en el Registro Nacional de Consultoría Ambiental – RENCA y tener este documento actualizado.

4. REQUISITOS LEGALES, TÉCNICOS Y RESPALDO


El Formulario de Manifiesto Ambiental deberá ser llenado de acuerdo a características establecidas por el Anexo “D” del D.S. 3549 con sus 13 puntos principales, con carácter de Declaración Jurada, adjuntando documentación especificada por cada autoridad competente. Para el caso del Departamento de La Paz tenemos los siguientes requisitos:

  • Solicitud mediante nota dirigida a la autoridad competente (MMAyA o Gobernación Departamental).
DOCUMENTOS LEGALES
  • Poder amplio y suficiente al Representante Legal (Si corresponde).
  • Fotocopia de la Cédula de Identidad del Representante Legal.
  • Fotocopia de Certificado NIT (Si corresponde).
  • Fotocopia del Testimonio de Constitución de la Sociedad (Si corresponde).
  • Fotocopia de Certificado FUNDEMPRESA (Si corresponde).
  • Fotocopia de Derecho propietario o documento de alquiler (Registro Catastral y de Derechos Reales).
  • Fotocopia Licencia de Funcionamiento Municipal (Si corresponde)
  • Fotocopia del certificado de uso de suelo (Si corresponde)
DOCUMENTOS TÉCNICOS
  • Resumen ejecutivo.
  • Plano de ubicación Georeferenciado.
  • Organigrama de la AOP. Funciones del personal y número de empleados.
  • Descripción detallada de los procesos.
  • Flujograma de procesos y operaciones.
  • Fotocopias de facturas de agua, energía eléctrica y combustibles que utilice.
  • Medición de ruido (Si corresponde)
  • Licencia para Actividades con Sustancias Peligrosas (Si corresponde)
  • Programa de Seguridad y Salud en el Trabajo (PSST)
  • Fotografías claras y actuales del lugar de emplazamiento de la Obra, Actividad o Proyecto.
  • Planos de construcción
DOCUMENTOS DE RESPALDO
  • Fotocopia de Certificado RENCA vigente del equipo de consultores ambientales.
  • Fotocopias de cédulas de identidad del equipo de los consultores RENCA.
  • Original y dos fotocopias de la boleta de depósito bancario por concepto de pago de aranceles establecidos en la Ley Departamental de La Paz Nº 170.
NOTAPresentar un ejemplar impreso de todos los documentos solicitados y foliados de atrás hacia adelante incluyendo una copia en formato digital con todos los documentos de respaldo.
Se considerará otros requisitos requeridos por esta Autoridad Ambiental Competente según el sector y proyecto, puesto que los requisitos son referenciales.

5. ¿DÓNDE PUEDO REALIZAR EL TRÁMITE?


El lugar para realizar los trámites ambientales depende del área de impacto de la AOP. Por ejemplo, si el área de impacto se localiza solo en algún departamento de Bolivia, entonces el trámite se deberá realizar en la Gobernación Departamental de ese departamento. Y en el caso que la AOP abarque más de un departamento, los tramites se deben realizar en el Medio Ambiente y Agua.
Como ejemplo colocamos las direcciones a nivel nacional y departamental de La Paz:

MINISTERIO DE MEDIO AMBIENTE Y AGUA 

DIRECCIÓN GENERAL DE MEDIO AMBIENTE Y CAMBIOS CLIMÁTICOS
Calle Potosí esq. Ayacucho Nro. 438 Edificio Casa Grande del Pueblo, Piso 18
Teléfono: (591) 2146385
Sitio Web: http://snia.mmaya.gob.bo/web/



GOBIERNO AUTÓNOMO DEPARTAMENTAL DE LA PAZ

SECRETARIA DEPARTAMENTAL DE LOS DERECHOS DE LA MADRE 
Campo Ferial, Calle 2. Av. de los Héroes.
Teléfono: 2-2125198
Sitio Web: http://sdia.lapaz.gob.bo/

6. DURACIÓN DEL TRAMITE


La duración del trámite depende de la localización de la AOP. Estos pueden ser :
  • 30 días hábiles: cuando la AOP se encuentre en Áreas Protegidas y exista OSC (Organismo Sectorial Competente.
  • 28 días hábiles: cuando la AOP no se encuentre en Área Protegida y exista OSC.
  • 20 días hábiles: cuando no se encuentre en Área Protegida ni exista OSC deberá.
  • 10 días hábiles: Cuando la AOP sea de competencia Departamental y no exista OSC.
Días calculado en el caso de que no existan observaciones del ente revisor. Se entiende días hábiles a los días de trabajo, por lo general de lunes a viernes.

7. COSTOS DE REVISIÓN DEL MA Y EMISIÓN DE LA DAA


El costo del servicio de revisión y emisión de la licencia ambiental varia con respecto al lugar donde se realizará el trámite del Manifiesto Ambiental.

Para el Ministerio de Medios Ambiente y Agua, es gratuito el costo del trámite.

En el caso de los gobiernos autónomos departamentales, cada uno tiene sus propios aranceles de acuerdo a sus leyes departamentales. Por ejemplo, para el Gobierno Autónomo Departamental de La Paz, según la Ley Nº170/18 se tiene los siguientes aranceles :
Revisión del Formulario Anexo “D” Manifiesto Ambiental 450 Bs.
Emisión de la Declaratoria de Adecuación Ambiental (LICENCIA AMBIENTAL) 200 Bs.
El Depósito Bancario se deberá realizar en la cuenta única del Gobierno Autónomo Departamental de La Paz N° 1-4696396 del Banco Unión.

8. DURACIÓN DE LA LICENCIA AMBIENTAL - DAA


La Declaratoria de Adecuación Ambiental (DAA) es la denominación de la Licencia Ambiental para las AOP’s que presentaron el Manifiesto Ambiental. Una vez otorgada la DAA a la AOP, esta tiene una vigencia de 10 años y deberán ser renovados 90 días antes de su vencimiento.

9. INFRACCIONES


Las sanciones administrativas a las contravenciones, siempre que éstas no configuren un delito, serán impuestas por la Autoridad Ambiental Competente, en nuestro caso, la Gobernación de La Paz impone una multa correspondiente a una cifra del 3 por 1000 sobre el monto total del patrimonio o activo declarado de la empresa, proyecto u obra al momento de emitir su licencia ambiental.

10. CONCLUSIONES


La licencia ambiental otorgada después de la aprobación del Manifiesto Ambiental se denomina “Declaratoria de Adecuación Ambiental” (DAA).
El costo de la revisión del Manifiesto Ambiental y emisión de la Licencia Ambiental es de 650 Bs. para el Gobierno Autónomo Departamental de La Paz.
EL tiempo de tramite varía desde 10 a 30 días hábiles dependiendo el tipo de proyecto y el área donde se encuentre.
La licencia ambiental DAA, tiene una vigencia de 10 años y la misma debe ser renovada 90 días antes de su vencimiento.

Para informarte más acerca de la elaboración de Manifiestos Ambientales y la obtención de la Licencia Ambiental en el territorio nacional, puedes consultar a nuestro whatsapp o correo electrónico.



BIBLIOGRAFÍA


Ley de Medio Ambiente Nº1333 de 1992
Ley Departamental de La Paz Nº170 del 2018
D.S. 24176 de 1995 Reglamento en Prevención y Contaminación Ambiental
D.S. 24176 de 1995 Reglamento General en Gestión Ambiental
D.S. Nº3549 Modificaciones al RPCA
D.S. Nº3856 Modificaciones al RPCA y D.S. Nº3549


Elaborado por:

Fanny Apaza Marcani
Estudiante de Ingeniería Ambiental
Universidad Pública de El Alto

Revisado por:

Ing. Reynaldo Sirpa Tantani
Ing. Ambiental
Consultor RENCA

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